Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
II.1.
II.1. Cursa Resolución RA-SS 0694/2014 de 24 de abril emitida por el Director Nacional del INRA a.i. dentro del proceso de Saneamiento Simple de oficio (SAN SIM), respecto al Polígono 164 de los predios denominados “Villa Valeria”, “Don Juan”, “Nueva Esperanza” y “El Triunfo”, ubicados en el municipio de San José de Chiquitos del departamento de Santa Cruz, misma que dispuso el desalojo de Michael Gerónimo Tineo Vaca -hoy accionante-, la Financiera de Desarrollo de Santa Cruz S.A.M. (FINDESA S.A.M.) y la Asociación Civil de pequeños productores agropecuarios EL TRIUNFO en el plazo de tres días hábiles una vez ejecutoriada la Resolución (fs. 11 a 14).
- acción de amparo constitucional
- a)
- nadie podrá alegar la vulneración de derechos de terceras personas para solicitar la tutela de los propios derechos en razón a que correspondió a aquellas solicitar la nulidad de los actos que vulneraron sus propios derechos
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exigencia de la motivación de las resoluciones
- únicamente la conclusión
- c
- III.2. Análisis del caso concreto
- resultando sin sustento lo acusado en este punto por el accionante en razón a que precisamente, no se acreditó que el predio denominado “Don Juan” tenga antecedente en el expediente 30555,
- 2)
- mediante informe DDSC-COII-INF 1189/2012 de 18 de septiembre, se evidencia la inexistencia de posesión o mejoras en 1996 y subsiguientes por parte de los actuales beneficiarios o terceros,
- 4)
- 5)
- REVOCAR