SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2017-S3
Fecha: 10-Mar-2017
II.5.
II.5. Jaime Pacheco -no firma- y Guadalupe Zumarán, Sub Gerente de Administración y Encargada de Activos Fijos y Administración respectivamente, de “La Paz” Entidad Financiera de Vivienda, el 30 de agosto de 2016, presentaron informe a Vladimir Rolando Aguilar Reynaga -ahora demandado- sobre la documentación extraviada en comprobantes de pago de certificado de capital correspondiente a Juan Carlos Mariño Borda (fs. 247 a 248); Comunicación Interna INFORME LE/l/932/2016 NUT201731 de 30 de agosto de 2016, por el cual Martín Chávez Oporto, Abogado, con el visto bueno de Aldo Laura Torrico Gerente General de la mencionada Entidad, recomienda al ahora demandado que al advertirse que la ahora accionante ha transgredido la normativa laboral y regulación financiera, se proceda conforme norma; es decir, el cumplimiento de los arts. 67 inc. r); y, 68 inc. d) del Reglamento Interno de Trabajo, vinculantes con el inc. e) del art. 16 de la LGT concordante con el art. 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario, conforme la causal de Incumplimiento total o parcial del contrato de trabajo o del reglamento interno de la empresa” (fs. 249 a 250); Comunicación interna de 5 de septiembre de 2016, por el cual Dolly Mujica -Cajera-, informa al ahora demandado sobre la Cédula de Identidad extraviada (fs. 245 a 246).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la protección de la mujer embarazada
- el principio de subsidiaridad de la acción de amparo constitucional no es aplicable en razón a los derechos que tutela de la mujer embarazada, lactante o hasta el año de nacimiento del nuevo ser
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación de las y los trabajadores protegidos por el art. 48 de la CPE
- III.3. Análisis del caso concreto
- previo cumplimiento por parte del empleador público o privado de los procedimientos que fijan las normas para extinguir la relación laboral
- establecida en su normativa interna y en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, cuya comprobación se suscitare en debido proceso, la sanción se ejecutará inmediatamente, sin lugar a inamovilidad laboral
- de oficio
- CONFIRMAR en parte