Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2017-S3
Fecha: 24-Mar-2017
II.4.
II.4. Mediante memorial de recurso de reposición con alternativa de apelación presentado el 8 de septiembre de 2016 por Juan Carlos Cejas Ugarte, Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí -hoy accionante- contra el Auto interlocutorio de 16 de agosto de igual año que admitió la demanda e impuso medidas cautelares, refirió que entre los argumentos que, si se resolvió el contrato con la Asociación Accidental “Yuripata” fue por causales de responsabilidad insertas en el mismo y que esas medidas adoptadas contrariaban el art. 339.II de la CPE, ya que ningún bien del Estado puede ser sujeto a tal determinación (fs. 18 a 19 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos”
- el derecho al debido proceso '…exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada
- La motivación es una exigencia constitucional de las resoluciones -judiciales y administrativas o cualesquiera otras-,
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada
- cuando una resolución
- De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una ‘motivación insuficiente’”
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre el rechazo de la excepciones
- los fundamentos que hacen al rechazo de las excepciones previas
- III.3.2 Sobre las medidas precautorias
- Fragmento 26
- Las medidas precautorias y su finalidad
- de ejecución inmediata