Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2017-S3
Fecha: 24-Mar-2017
II.7.
II.7. Por Auto de 5 de octubre de 2016, emitido por los Vocales ahora demandados, se declaró improbadas las excepciones en razón a que la demanda contaba con todos los requisitos señalados por el art. 327 del CPCabrg y 110 del Código de Procedimiento Civil, pues contenía una relación circunstanciada de los hechos, antecedentes, de lo que se demandaba, las razones y el fundamento de derechos pretendidos con indicación de las generales de ley de la parte demandada ahora tercera interesada, y los argumentos de derecho en que se apoya (fs. 34 a 37 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos”
- el derecho al debido proceso '…exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada
- La motivación es una exigencia constitucional de las resoluciones -judiciales y administrativas o cualesquiera otras-,
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada
- cuando una resolución
- De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una ‘motivación insuficiente’”
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre el rechazo de la excepciones
- los fundamentos que hacen al rechazo de las excepciones previas
- III.3.2 Sobre las medidas precautorias
- Fragmento 26
- Las medidas precautorias y su finalidad
- de ejecución inmediata