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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2017- S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2017- S1

    Fecha: 31-Mar-2017

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    • Iván Arancibia Zegarra
    • a)
    • Fragmento 3
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • 1)
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
    • concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
    • por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador
    • conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
    • correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
    • imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
    • III.3. Acerca del valor de la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia. Jurisprudencia reiterada
    • Sentar y uniformar la jurisprudencia’
    • la casación es un recurso extraordinario y excepcional que tiene una doble función
    • la jurisprudencia emitida por las diferentes Salas del Tribunal Supremo de Justicia está atadas a sus propias decisiones anteriores y de las otras Salas en la respectiva área del derecho
    • si bien le está permitido apartarse de sus propios precedentes al Tribunal Supremo de Justicia
    • i)
    • determinar o establecer si la exención tributaria dispuesta en el art. 131 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, era aplicable a la empresa proveedora de bienes de uso militar
    • conforme al tenor literal
    • de forma general
    • desde su punto de vista
    • no beneficia al proveedor (vendedor)
    • previo análisis fundamentado, motivado y congruente, que justifique el porqué del cambio de línea
    • CONFIRMAR

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