SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2017- S1
Fecha: 31-Mar-2017
II.1.
II.1. El 28 de noviembre de 2007, mediante Resolución Determinativa GDLP 634, la Gerencia Distrital La Paz del SIN, determinó de oficio la existencia de una obligación tributaria del contribuyente −ahora tercero interesado− empresa Romatex SRL, habiéndose establecido que omitió declarar la totalidad de los ingresos provenientes del Contrato por Excepción 53/2003 suscrito con el Ministerio de Defensa para la provisión de uniformes camuflados. Determinación que fue dejada sin efecto, como producto de la Sentencia 20/2009 de 14 de diciembre, que resolvió la demanda contenciosa tributaria, presentada por la empresa Romatex SRL, declarándola probada en parte. Posteriormente la indicada Sentencia se mantuvo incólume a través del Auto de Vista 54/2011 de 13 de mayo, que se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la Gerencia Distrital La Paz del SIN (fs. 29 a 33; 36 a 44; y, 52 a 53).
- Iván Arancibia Zegarra
- a)
- Fragmento 3
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador
- conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.3. Acerca del valor de la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia. Jurisprudencia reiterada
- Sentar y uniformar la jurisprudencia’
- la casación es un recurso extraordinario y excepcional que tiene una doble función
- la jurisprudencia emitida por las diferentes Salas del Tribunal Supremo de Justicia está atadas a sus propias decisiones anteriores y de las otras Salas en la respectiva área del derecho
- si bien le está permitido apartarse de sus propios precedentes al Tribunal Supremo de Justicia
- i)
- determinar o establecer si la exención tributaria dispuesta en el art. 131 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, era aplicable a la empresa proveedora de bienes de uso militar
- conforme al tenor literal
- de forma general
- desde su punto de vista
- no beneficia al proveedor (vendedor)
- previo análisis fundamentado, motivado y congruente, que justifique el porqué del cambio de línea
- CONFIRMAR