SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2017- S1
Fecha: 31-Mar-2017
II.3.
II.3. El 20 de junio de 2011, la empresa Romatex SRL −tercera interesada−, respondiendo al recurso descrito precedentemente, afirmó en lo principal: i) El recurso de casación era improcedente conforme a los arts. 297 del CTB abrog y 258.2 del CPC abrg., por expresarse de forma muy general sobre la transgresión del art. 131 de la LOFA y otros, sin señalar en qué consistían las violaciones, o cuál era la aplicación indebida de la norma, o indicar cuál correspondía aplicarse; ii) La exención vigente y establecida por el art. 131 de la LOFA, en virtud al principio de legalidad −a su criterio− era aplicable a todos los contratos o convenios suscritos para la adquisición de bienes de uso militar y material bélico, como era el caso, lo que evidenciaba que el Auto de Vista 54/2011, no violaba el indicado artículo; iii) Sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA), se trataba de un tributo que iba siempre “…por dentro, no se discrimina en la factura…” (sic); por lo que, si el Ministerio de Defensa adquiría bienes de uso militar o material bélico, al exigir la factura, adquiría el bien en un precio que −según su parecer− incluía el IVA, que se encontraba exento en aplicación del art. 131 de la LOFA; iv) Se evidencio que en el memorial que impugnaba la Resolución Determinativa en su totalidad y no por partes, no existió violación alguna de los arts. 90 y 3.1 del CPC abrg., pues se observó y cumplió con las normas procesales, conteniendo el Auto de Vista 54/2011 una exacta y correcta aplicación de la ley (fs. 61 a 64 vta.).
- Iván Arancibia Zegarra
- a)
- Fragmento 3
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- 1)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador
- conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.3. Acerca del valor de la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia. Jurisprudencia reiterada
- Sentar y uniformar la jurisprudencia’
- la casación es un recurso extraordinario y excepcional que tiene una doble función
- la jurisprudencia emitida por las diferentes Salas del Tribunal Supremo de Justicia está atadas a sus propias decisiones anteriores y de las otras Salas en la respectiva área del derecho
- si bien le está permitido apartarse de sus propios precedentes al Tribunal Supremo de Justicia
- i)
- determinar o establecer si la exención tributaria dispuesta en el art. 131 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, era aplicable a la empresa proveedora de bienes de uso militar
- conforme al tenor literal
- de forma general
- desde su punto de vista
- no beneficia al proveedor (vendedor)
- previo análisis fundamentado, motivado y congruente, que justifique el porqué del cambio de línea
- CONFIRMAR