SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

a partir del 25 de agosto de 2015

Ahora bien, conforme a la literal aparejada, se constata que el ahora accionante no presentó documento alguno que acredite su condición de Consejero  Facultativo o de Delegado Titular Estudiantil de la Facultad de Medicina de la UMSS, para que en esa condición pueda interponer la presente acción de amparo constitucional, toda vez que adjuntó en calidad de prueba las Resoluciones que impugna en esta acción tutelar, cuando era su obligación acreditar previamente su personería, pues se apersonó ante la justicia constitucional afirmando que lo hace como “Delegado Estudiantil Titular”, pues si bien demostró haber sido designado Delegado Estudiantil por R.C.F. 59/15 de 24 de “septiembre” de 2015, en ese mismo documento se establece claramente que debía ejercer aquella representación solo por el tiempo de un año “a partir del 25 de agosto de 2015” (sic), por lo que si la interposición de esta acción tutelar fue presentada el 30 de septiembre de 2016, se lo hizo después de un año de haber sido designado en esas funciones, y al no haber acreditado que su representación fue prorrogada, es evidente que carece de legitimación activa.