Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S3
Fecha: 20-Abr-2017
II.3.
II.3. Mediante Resolución R.C.F. 74/15 de 16 de noviembre de 2015, el Consejo Facultativo de la Facultad de Medicina de la UMSS, resolvió aprobar la Convocatoria para elecciones de Delegados Estudiantiles a los Consejos Universitario y Facultativo, toda vez que Consejeros Estudiantiles electos por el Claustro Facultativo fueron convocados por el Presidente del Consejo Facultativo en más de cinco oportunidades, no habiendo asistido a ninguna de ellas, sin justificativo y en aplicación al art. 31 del Reglamento de Sesiones del Consejo Universitario de la indicada casa superior de estudios, “pierden su representación y el mandato que les fuere conferido” (sic [fs. 55]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por otra a su nombre con poder suficiente
- o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería.
- apoderado con poder especial suficiente
- III.2. Análisis del caso concreto
- a partir del 25 de agosto de 2015
- en su condición de Consejero del Consejo Facultativo de Medicina “Dr.
- en las cinco últimas reuniones convocadas, se le comunicó haber perdido su representación de Delegado
- POR CUARTA VEZ, IMPUGNACIÓN AL CLAUSTRO FACULTATIVO DE LAS FACULTAD DE MEDICINA, PARA ELECCIÓN DE DECANO Y DIRECTOR ACADÉMICO 2016-2019
- CONFIRMAR