SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera lesionado su derecho al trabajo en sus componentes protección al ejercicio del trabajo en todas sus formas y facultativo de acceder a una fuente laboral; toda vez que el Rector de la UMSS, pronunció la Resolución Rectoral R.R. 188/16, delegando la conducción del Claustro al Consejo Facultativo de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímicas de la citada Universidad para la elección de Decano y Director Académico de la Facultad de Medicina de la referida casa superior de estudios, teniendo conocimiento que en función de la normativa universitaria no correspondía; sin embargo, pese a dicha ilegalidad, la Decana de la citada Facultad de Bioquímica, dio cumplimiento a esa Resolución, emitiendo Resoluciones de 8 de abril de 2016, de Convocatoria a Claustro, de aprobación del de la indicada Convocatoria, y de conformación del Comité Electoral; ante tal situación, en su condición de Consejero del Consejo Facultativo de Medicina, remitió las notas de 12 y 27 de abril; y, 24 de mayo del mismo año, impugnando la mencionada Resolución Rectoral ante la autoridad ahora demandada, al considerar que tiene derecho a convocar al Claustro Facultativo en su Facultad; empero, no se dio respuesta a las referidas notas.