SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera como vulnerados sus derechos a la inamovilidad y estabilidad laboral, por cuanto la autoridad ahora demandada por Memorando SEDES RRHH-I- 280/2016, le agradeció por la prestación de sus servicios en el cargo de Médico, con ítem 78786. Ante ese hecho hizo conocer verbalmente su condición de padre progenitor a la parte empleadora quien se comprometió a reincorporarle al trabajo de forma provisional y con distinto sueldo, por lo que suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios 131-3/2016-RED 01 Trinidad “Médico” para el Centro de Salud Pedro Ignacio Muiba de la Red de Salud 01 Trinidad Programa Plan Integral de Salud con un plazo de vigencia del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2016, bajo la modalidad de consultoría por invitación directa; y, finalizado el mismo continuó trabajando sin contrato y sin determinar el sueldo.