Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2017-S1
Fecha: 21-Abr-2017
II.5.
II.5. Cursa el Voto Disidente a la Resolución SD-AP 312/2016, pronunciada por Cristina Mamani Aguilar, ahora ex Consejera de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, cuyo tenor señala que: De los hechos precisados en la denuncia y las pruebas producidas en el proceso disciplinario, a más que la Sentencia Disciplinaria apelada se encuentra fundamentada y motivada, particularmente, no existe razón probatoria relativa al hecho denunciado que amerite atenuar la sanción impuesta contra la accionante; por lo que corresponde confirmar en forma total la misma, pronunciada en primera instancia dentro del proceso disciplinario en cuestión (fs. 37 a 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 16
- III.2. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación en resoluciones judiciales y administrativas
- III.3. El debido proceso en sus elementos de congruencia y defensa en resoluciones judiciales y administrativas
- III.4. Análisis del caso concreto
- En cuanto a la lesión del debido proceso en sus vertientes de congruencia y a la defensa
- Con relación a la vulneración del debido proceso en sus componentes de motivación y fundamentación vinculado con la falta disciplinaria
- CONFIRMAR