Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2017-S3
Fecha: 26-May-2017
II.4.
II.4. Mediante Nota PRES-DNJ 870/2016 de 7 de noviembre la Presidenta del Tribunal Supremo Electoral -ahora demandada-, respondió al hoy accionante señalando que el proceso coactivo fiscal se encuentra en etapa de ejecución del Pliego de Cargo 01/2008, por lo que únicamente corresponde cancelar la suma de $us97 679,14.-, más intereses mediante depósito judicial en la Caja de la Delegación Distrital del Consejo de la Magistratura, por lo que no corresponde dar lugar a la audiencia solicitada para tratar sobre el importe determinado en el referido Pliego de Cargo (fs. 147).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- b) La obtención de una respuesta, ya sea favorable o desfavorable, aun exista equivocación en el planteamiento de la petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- las dos solicitudes presentadas por el ahora accionante fueron respondidas en forma escrita, clara y precisa
- CONFIRMAR