CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la lesión de sus derechos de petición, a la defensa, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, puesto que mediante cartas notariadas de 25 de agosto y 25 de noviembre de 2016, dirigidas a las autoridades ahora demandadas, solicitó el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 48 de la LPPo y en la Resolución 178/2000 de 9 de junio, respecto al pago del importe establecido en el Pliego de Cargo 01/2008 de 3 de enero, librado contra CONDEPA-MP, mismo que fue confirmado en sede judicial; petición que si bien mereció la respuesta por parte de Katia Verónica Uriona Gamarra, Presidenta del Tribunal Supremo Electoral -ahora demandada-; empero, pidió se le notifique con la correspondiente Resolución fundamentada emitida por la MAE. Pese a ello, las autoridades ahora demandadas hasta la fecha de interposición de esta acción de defensa no emitieron una resolución fundamentada.