SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
a)
En uso de su derecho a réplica señaló que: a) El Testimonio de Poder 982/2016 de 4 de noviembre, faculta de manera expresa a Henry Serrate a interponer la presente acción de amparo constitucional por lo que no concurre el presupuesto de falta de legitimación activa; y, b) Respecto a la supuesta interposición de la presente acción tutelar fuera del plazo establecido por el art. 55 del Código Procesal Constitucional (CPCo), una vez que fue declarado heredero intentó ejercitar su derecho propietario, realizando diversas actividades o actuaciones ante el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado del departamento de Cochabamba, como ser solicitar la liquidación y la preliquidación para cancelar los impuestos a la transacción y el impuesto sucesorio, los mismos que fueron negados por funcionarios municipales, y “…hubiera sido interesante que los Abogados tanto del Consejo como del Alcalde Municipal, demuestren la titularidad del bien inmueble que es respecto del cual se está sosteniendo que se ha dado la vulneracion y se esta dando la vulneración del derecho propietario…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCEDE DE MANERA ABUSIVA REITERO POR SÍ Y ANTE SÍ IMPONER PARA SÍ UN DERECHO INEXISTENTE
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- caso contrario, SE DEJE SIN EFECTO CUALQUIER ACCIÓN DE HECHO QUE IMPIDEN EL LIBRE DE MI DERECHO PROPIETARIO
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protege dichos derechos cuando se encuentran consolidados a favor del actor del amparo, no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- en DD.RR., bajo la matrícula computarizada 3.01.1.02.021670
- CONFIRMAR