SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante a través de su representante considera como lesionados sus derechos invocados en la presente acción tutelar, ya que en su condición de heredero de Felipa Montaño Oliveira, reclama que una vez que quiso cancelar ante el Gobierno Autónomo Municipal de Cercado del departamento de Cochabamba los impuestos a la transacción y sucesión del predio heredado, su solicitud fue negada en ventanilla de ese ente municipal con el argumento de que ese inmueble es municipal desde que se expidió la OM 2376/99 de 18 de agosto, que dispuso que el referido bien inmueble sea considerado como área verde. Ante esa situación, solicitó a dicha entidad gubernamental que se proceda a la expropiación del citado predio, pretensión que fue rechazada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCEDE DE MANERA ABUSIVA REITERO POR SÍ Y ANTE SÍ IMPONER PARA SÍ UN DERECHO INEXISTENTE
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- caso contrario, SE DEJE SIN EFECTO CUALQUIER ACCIÓN DE HECHO QUE IMPIDEN EL LIBRE DE MI DERECHO PROPIETARIO
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protege dichos derechos cuando se encuentran consolidados a favor del actor del amparo, no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- en DD.RR., bajo la matrícula computarizada 3.01.1.02.021670
- CONFIRMAR