Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2017-S3
Fecha: 19-May-2017
II.6.
II.6. Por Resolución Municipal 7308/2016 de 7 de junio, se desestimó el recurso de reconsideración de la Resolución Municipal 7047/2015, planteado por Felipa Montaño Olivera, en el marco del art. 61 de LPA; en tal sentido, se mantuvo firme y vigente la citada Resolución Municipal (fs. 37 a 38), la cual fue notificada el 16 de junio de 2016 a horas 18:00 a Mario Sergio Otero Arandia, en representación de Felipa Montaño Olivera (fs. 261 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PROCEDE DE MANERA ABUSIVA REITERO POR SÍ Y ANTE SÍ IMPONER PARA SÍ UN DERECHO INEXISTENTE
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- caso contrario, SE DEJE SIN EFECTO CUALQUIER ACCIÓN DE HECHO QUE IMPIDEN EL LIBRE DE MI DERECHO PROPIETARIO
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protege dichos derechos cuando se encuentran consolidados a favor del actor del amparo, no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- en DD.RR., bajo la matrícula computarizada 3.01.1.02.021670
- CONFIRMAR