SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S3

Fecha: 09-Jun-2017

a)

La accionante a través de su abogado, ratificó in extenso el contenido de la acción de amparo constitucional, y ampliándolo sostuvo que: a) El art. 122 de la CPE, determina que son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción y potestad que no emane de la ley, en este caso la Resolución de primera instancia pronunciada por el Tribunal colegiado, para sancionar faltas leves y graves en su contra, excedió en sus atribuciones su competencia administrativa, lo cual provoca la nulidad de la resolución de primera instancia por haberse lesionado el derecho al debido proceso en su elemento de juez natural y la nulidad de la resolución de segunda instancia por no advertir el incumplimiento de la ley y de la Constitución Política del Estado; y, b) Se cumplió el principio de subsidiariedad, agotándose la vía administrativa con la interposición del recurso de apelación.