SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S3

Fecha: 09-Jun-2017

Fragmento 2

El 7 de abril de 2016, en su calidad de Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de Llallagua del departamento de Potosí, Nadia Danay Conde Marca -ahora tercera interesada-, interpuso denuncia disciplinaria en su contra por la presunta comisión de las faltas leves, graves y gravísimas, descritas en los arts. 186.2, 187 numerales 12, 13, 14, 18, 22 y 188.I.3 y 6 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), alegando que del 28 al 31 de marzo de ese año, recibieron maltrato reiterado, por cuanto su persona habría indicado que “…cambien de abogada o su proceso está perdido” (sic), y que no se les habría atendido, “no proporcionó el proveído…” (sic) pero según el libro diario todo está en orden, existiendo retardo en todo acto procesal con relación a sus procesos, atentando contra la libertad de trabajo de su persona, además de uso indebido de su despacho en sus actividades de tejido, “Encomiendo trabajos concernientes a la oficina a mi sobrina…” (sic), existiendo hostigamiento laboral por el uso indebido de su condición judicial por actuar como abogada.