SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2017-S3

Fecha: 09-Jun-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en su elemento de Juez competente, argumentando que en el proceso disciplinario seguido en su contra fue sancionado por un Tribunal Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de Potosí del Consejo de la Magistratura -órgano colegiado-, por la comisión de las faltas disciplinarias leves y graves tipificadas en los arts. 186.2; y, 187.12 y 22 de la LOJ, cuando la facultad para sancionar dichas faltas es competencia exclusiva de un Juez Disciplinario unipersonal y que en todo caso la Sentencia de primera instancia debió ser firmado solo por el Juez ahora codemandado y no por las Juezas ciudadanas -también codemandadas-, vulneración que no fue advertida ni corregida por los ex miembros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura ahora demandados, pues ante el recurso de apelación interpuesto, decidieron confirmar la Resolución de primera instancia.