SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2017-S3

Fecha: 19-Jun-2017

Eugenio Huanca Laura por memorial de 22 de junio de 2015, solicitó se conmine a la hoy accionante para la remisión de toda la prueba presentada

En segundo lugar, se tiene que la hoy accionante específicamente reclama que el Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de La Paz del Consejo de la Magistratura, concluyó que su persona habría omitido remitir los documentos supuestamente adjuntos en la audiencia de medidas cautelares de 6 de mayo de 2015, consistentes en fotocopias legalizadas del caso 6363/2014, sin considerar que el mismo fue dejado en el mesón del juzgado, después de dos semanas, sin que fuere acompañado de memorial alguno; es decir, denuncia que el nombrado no consideró que su persona no podía remitir esos documentos, pues se encontraban en manos del apelante y no fueron entregados en la audiencia de medidas cautelares. Agravio frente al cual los ahora demandados manifestaron que la referida documentación no fue remitida conjuntamente el legajo de apelación, por tal motivo, Eugenio Huanca Laura por memorial de 22 de junio de 2015, solicitó se conmine a la hoy accionante para la remisión de toda la prueba presentada, por lo cual mediante providencia de 23 del igula mes y año, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, ordenó la notificación al Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal del mencionado departamento, para que remita lo extrañado, así el Juez de ese despacho mediante providencia de 25 de igual mes y año, dispuso que por Secretaría se cumpla lo solicitado, remitiéndose recién todos los documentos requeridos.