Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
II.12.
II.12. Por memoriales recepcionados el 24 de febrero y 4 y 22 de marzo de 2016, Adalberto Durán Natusch, refirió absolver a traslado señalando adjuntar, título de propiedad, folio real, plano de ubicación del terreno, formularios de pago de impuestos, por lo que habiendo demostrado que la Estación de Servicios “El Oasis” se encuentra construida en predios privados, solicitó emitir la Renovación de Licencia de operaciones de la Estación de Servicio “El Oasis” (fs. 21 a 23).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- Fragmento 24
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos, causales de improcedencia
- Fragmento 26
- 4. En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional.
- REVOCAR en todo