Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
II.13.
II.13. Mediante escrito de 3 de mayo de 2016, el accionante reiteró al Director Regional de la ANH Distrital Beni la Renovación de Licencia de Operaciones, enfatizando haber trascurrido desde su última solicitud de 22 de marzo, cuarenta y dos días, sin que dicha autoridad se hubiera pronunciado a su pedido alegando la vulneración de su derecho al trabajo (fs. 24 a 25).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- Fragmento 24
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos, causales de improcedencia
- Fragmento 26
- 4. En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional.
- REVOCAR en todo