Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2017-S3
Fecha: 26-Jun-2017
II.2.1.
II.2.1. Dentro del proceso contencioso tributario, el Juez Primero de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de Cochabamba, declaró improbada la demanda mediante Sentencia de 24 de septiembre de 2010, manteniendo firme y subsistente la RD GRACO 142/2007 (fs. 23 a 33 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.3.
- II.2.6.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los actos consentidos como presupuestos para la denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- mismo efecto del consentimiento tácito
- CONFIRMAR