DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2017

Fecha: 28-Jul-2017

Articulo 6.-

II.- El municipio de Yamparáez se crea como segunda Sección Municipal el 1 de enero de 1970, por lo que a partir de esta se conoce la autonomía municipal, pero la ciudadanía ejerce su derecho político a partir de la promulgación de la Ley de Participación Popular (Ley No. 1551) eligiendo a las y los concejales y ellos elegían a la Alcaldesa o Alcalde municipal, esta realidad ha cambiado a partir del año 2010 donde se eligen por lista separado tanto a la Alcaldesa o Alcalde municipal como a los concejales.