DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2017

Fecha: 28-Jul-2017

en consecuencia corresponde mantener subsistente el cargo de  incompatibilidad que pesa sobre el título de la norma; debiendo el estatuyente, suprimir en el mismo el término: “oficiales”.

En ese contexto, es evidente que el contenido de la previsión guarda plena concordancia con los preceptos constitucionales que regulan la materia, principalmente en cuanto al uso de idiomas propios de lugar, que prescribe el    art. 5.II de la Ley Fundamental; empero, tal como se advierte de los fundamentos que sustentan los cargos de incompatibilidad, el epígrafe de la disposición no ha sufrido ninguna modificación, aludiendo todavía al concepto de idiomas “oficiales”, que como se puso de manifiesto no es atribución de ningún nivel de gobierno, establecer la oficialidad de los idiomas que coexisten en el Estado Plurinacional; en consecuencia corresponde mantener subsistente el cargo de  incompatibilidad que pesa sobre el título de la norma; debiendo el estatuyente, suprimir en el mismo el término: “oficiales”.