SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

Fragmento 19

           De la revisión de la presente acción de amparo constitucional y los antecedentes cursantes en obrados, se evidencia que en la vía contencioso administrativa el representante de la Empresa Constructora “CIBO SERRUDO” -hoy tercero interesado- solicitó el cumplimiento de obligación de pago por ejecución total de obra, más el pago de daños, perjuicios y lucro cesante, demanda que fue dirigida contra el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional -entidad hoy accionante- y el Gobierno Autónomo Municipal de Presto -ahora tercero interesado-, siendo que dicho Ministerio por intermedio de la Unidad de Gestión Jurídica dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, por memorial de 21 de noviembre de 2014, respondió a la demanda de manera negativa y paralelamente interpuso excepción de prescripción, alegando que el Adendum al Contrato de Ejecución de Proyecto de Construcción del Centro de Atención a Niñas y Niños PAN P.A.N. 006/2000, fue suscrito el 11 de abril de 2002, habiendo transcurrido “hasta la fecha” doce años, por lo que en caso de existir algún derecho patrimonial para el demandante, este ya habría prescrito, respuesta y excepción a la que se sumó el Alcalde del citado Gobierno Autónomo Municipal, mediante escrito presentado el 25 de noviembre de 2014.