SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2017-S3

Fecha: 17-Jul-2017

justificarse

Tramitada la demanda contenciosa, los Magistrados ahora demandados, pronunciaron la Sentencia 350/2016 de 13 de julio, por la cual declararon improbada la excepción de prescripción opuesta por el Ministerio de Justicia y el Gobierno Autónomo Municipal de Presto y probada la demanda contenciosa interpuesta por el representante de la Empresa Constructora “CIBO SERRUDO”, disponiendo que ante la verificación de la existencia de pagos que no habrían sido cumplidos tanto por el PAN asumidos por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional como por el Gobierno Autónomo Municipal de Presto, correspondería su pago previa liquidación y deducciones de los montos efectivamente percibidos por la mencionada Empresa y respecto al pago de daño emergente y lucro cesante, señaló que este debía justificarse en “ejecución de sentencia”; posteriormente, ante el pedido de enmienda y complementación deducida por la empresa demandante las autoridades demandadas mediante Resolución 138/2016 de 14 de noviembre, dispusieron la condenación al pago de costas a la parte demandada.