Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
Fragmento 4
Los árbitros designados sin haber conformado legalmente el Tribunal Arbitral decidieron inhibirse del conocimiento de la causa; con ese antecedente la Asociación Accidental Ledefyl y Asociado el 14 de febrero de 2014, solicitó al Secretario del Centro de Arbitraje y Conciliación que procedan a realizar la instalación de tal Tribunal, pedido que fue desestimado, en ese marco de sucesos el 11 de marzo del citado año reiteró el pedido; empero, fue rechazado por el referido Secretario.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- se tendrá por satisfecho
- la congruencia de toda decisión judicial implica la identidad entre lo solicitado y lo resuelto por el administrador de justicia
- III.5. Análisis del caso concreto
- Sobre la presunta incongruencia
- i)
- CONFIRMAR