SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

i)

El accionante a través su abogado, ratificó íntegramente los términos de su demanda tutelar, ampliando además lo siguiente: i) El art. 61 inc. a) del            DS 28909, señala que cualquier renuncia para ser considerada por la máxima autoridad ejecutiva de una institución, debe ser realizada a través de una nota con quince días de anticipación a la cesación del cargo; en el caso, si se hubiera aplicado correctamente esta norma legal, se estaría ante una correcta petición y aceptación; sin embargo, se dio lugar a la misma al séptimo día de su solicitud, vulnerándose su derecho al trabajo; y, ii) Los actos arbitrarios de las autoridades demandadas, también lesionaron su derecho a la vida; toda vez que, desde marzo de 2016 se encuentra sin una fuente laboral y sin recursos económicos que le permitan satisfacer sus necesidades básicas y las de su familia.