Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.7.
II.7. Recurso de revocatoria de 15 de marzo de 2016, presentado por la accionante contra el oficio CITE 100/084/16; que fue ampliado el 18 del mismo mes y año; mereciendo la RA E.T.S.B.J./DIR.EJE/046/2016 de 15 de julio; por la cual, fue admitido y dispuso abrir el término de diez días hábiles administrativos a partir de su legal notificación, a efectos de presentar los descargos de correspondan conforme lo establece el art. 62.II de la LPA (fs. 14 a 18; y, 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Sobre la renuncia irrevocable
- III.5. Normativa aplicable al caso
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7. Otras consideraciones
- REVOCAR