SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

denegó

El Juzgado Público  Civil  y Comercial Octavo del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2017 de 13 de junio, cursante de fs. 301 a 304, denegó la tutela solicitada, fundamentando que: En el fallo impugnado no se advierte la vulneración al debido proceso; toda vez que, el Auto Supremo 272 a partir del punto 2 del Considerando II explica las razones, motivos y criterios legales que para determinar que la prescripción solicitada; no contiene ninguna transgresión al derecho invocado por la entidad accionante porque de acuerdo a las SSCC 1429/2011-R y 1315/2011-R, contiene todos los fundamentos legales, motivación, razonamientos jurídicos técnicos legales y congruencia entre el objeto del recurso de casación pronunciándose sobre todos los puntos en controversia y sobre todo sobre la excepción de la prescripción.

El impetrante de tutela pretende forzar la revisión y modificación del contenido del Auto Supremo 272, cuando es una facultad del Tribunal de casación la forma de decisión que asume; y, a la entidad accionante en el curso del proceso  contrariamente a lo que alega que se garantizó el ejercicio pleno de su derecho al debido proceso, a ser escuchado y de hacer uso de los recursos previstos por ley sin restricción alguna.