Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.4.
II.4. SENASIR, giro Nota de Cargo 047/2014 de 31 de enero contra SIDS S.A., por Bs221 003,07.-, por aportes devengados al Seguro Social de Largo Plazo del sistema de reparto por los periodos descritos precedentemente por la suma de Bs145 209, 61.- (ciento cuarenta y seis mil noventa y nueve 61/100 Bolivianos) equivalente a $us20 991,32.- (veinte mil novecientos noventa y uno 32/100 dólares estadounidenses) (fs. 100).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3.De la fundamentación y congruencia de las decisiones, como elementos esenciales del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- ,
- CONFIRMAR