SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2017-S3

Fecha: 17-Ago-2017

2)

2)   El Juez Sumariante refirió que llama la atención el hecho de que la factura data de 28 de diciembre de “2016” y la nota de conformidad de 30 de diciembre de 2015, cuando en realidad sin la nota de conformidad no podía emitirse la factura, pero esta omisión o error administrativo no amerita la destitución de su cargo.

El Juez sumariante pone en duda “…un documento escrito que cursa en el expediente y además lleva la firma y nombre de los otorgantes del documento, y que el Juez indica de falsos los mismos sin ningún argumento, solamente concebido en su imaginación y sin ningún documento que acredite lo contrario” (sic).

El Juez Sumariante señaló que el equipo físicamente nunca estuvo en manos de la Comisión de Recepción ni del tercero interesado Álvaro Serrudo Garret, quién realizó la conformidad, y que efectivizaron dichos actos por presión de su persona como superior jerárquico, dando valor cero a los documentos de recepción y considerando como verdad incontrastable informes posteriores que solo tratan de eludir una responsabilidad;