SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2017-S3

Fecha: 23-Ago-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, a través de su abogado, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolos, refirió que la ANB emitió la RD AN-GRLPZ-LAPLI 128/2011 por la que se estableció firme la Vista de Cargo AN-GRLPZ-LAPLI 192/2011, sin considerar que los equipos importados eran una donación, por lo que asumiendo que esa determinación era atentatoria contra sus intereses se impugnó en sede administrativa y posterior recurso jerárquico, que fue resuelto por la AGIT mediante la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0646/2012, la cual anuló la Resolución de Alzada ARIT-LPZ/RA 0417/2012 con reposición hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la citada Vista de Cargo, disponiendo que la Administración Tributaria cobre directamente la deuda tributaria sin procedimiento de determinación, lo cual resulta totalmente ilegal y lesivo a sus derechos al debido proceso y a ser oído y juzgado, toda vez que la Administración Tributaria Aduanera debía realizar un procedimiento de fiscalización y en consecuencia, efectuar el procedimiento de determinación del adeudo tributario.