SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2017-S3

Fecha: 23-Ago-2017

III.3.  Análisis del caso concreto

           En ese contexto, con carácter previo a establecer si las autoridades demandadas desconocieron derechos y garantías constitucionales al momento de emitir la Sentencia 399/2016, cabe precisar que la jurisdicción constitucional no es una instancia más dentro de la competencia ordinaria, por lo que no resulta aceptable pretensión alguna que demande en sede constitucional la reconducción de supuestos errores procedimentales, valoración de prueba, y otros aspectos relacionados a la actividad jurisdiccional ordinaria; no obstante, al tener como uno de sus fines el resguardo de que las decisiones judiciales o administrativas, sean emitidas conforme al debido proceso y conforme al orden constitucional, podrá comprobar si las mismas fueron debidamente motivadas, congruentes y fundamentadas, centrándose en la decisión última emitida por el Tribunal de cierre al tener la misma facultades para corregir irregularidades procesales o vulneración de derechos y garantías constitucionales.