SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
Sentencia 399/2016 de 19 de septiembre
En tal sentido, de manera conjunta con la Fundación Cinemateca Boliviana, plantearon demanda contencioso administrativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0646/2012; misma que fue resuelta por el Tribunal Supremo de Justicia mediante Sentencia 399/2016 de 19 de septiembre, declarando improbada la demanda, sin ingresar a considerar y menos pronunciarse sobre ninguno de los agravios planteados en la demanda, con el fundamento de la existencia de cosa juzgada alegando que ya se emitió la Sentencia 115/2016 de 30 de marzo, la cual se encuentra ya ejecutoriada, a raíz de una anterior demanda contencioso administrativa planteada por la Administración de Aduana de la Gerencia Regional La Paz de la ANB, decisión que resulta ser totalmente ilegal puesto que en la última demanda si bien se impugnaba la misma Resolución del recurso jerárquico, se sustentó en base a otros razonamientos y presentada por la otra parte, incurriendo por ese hecho en denegación de justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Sentencia 399/2016 de 19 de septiembre
- a)
- corresponde aclarar que no correspondía la ejecución directa de la obligación tributaria como dispuso la autoridad demanda, pues debía iniciarse un procedimiento de fiscalización
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III.1. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Entendimiento reiterado
- ) Por vulneración del derecho a una resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias, dentro del proceso judicial o administrativo, lesiona derechos y garantías constitucionales
- no es una instancia procesal ni casacional supletoria
- III.2. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada en el Estado Constitucional de Derecho
- Fragmento 24
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR