SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

a)

Solicita se conceda la tutela, determinando: a) La nulidad del Laudo Complementario de 13 de mayo de 2009; b) “La eficacia y el respeto a la Cosa Juzgada con que se halla investido el Laudo Arbitral de 27 de abril de 2009, dejándose FIRME y SUBSISTENTE el contenido y valor del mismo” (sic); y, c) El pago costas, daños y perjuicios generados a la empresa que representa.

El represéntate estima vulnerados los derechos de la empresa accionante, a la legalidad, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, alegando que, dentro del conflicto emergente del pliego de reclamaciones, suscitado entre el Sindicato Mixto de Trabajadores Eléctricos y de Servicios “ELECTROPAZ” S.A., el Tribunal Arbitral emitió el Auto Complementario de 13 de mayo de 2009, el cual modificó sustancialmente el fondo del Laudo Arbitral de 27 de abril del mismo año, disponiendo que: a) Que el incremento del 5% al salario básico de los trabajadores sindicalizados, debía ser cancelado retroactivamente a partir del      5 de enero de 2007; b) La consolidación del beneficio de energía eléctrica, sea igualmente con carácter retroactivo al 5 del mismo mes y año, cuando en el Laudo Arbitral se dispuso que tal retroactividad operaría sólo desde de enero de 2008, ampliando sin mayor explicación este concepto por un año adicional, vulnerando con ello los límites que impone el art. 196 incs 1) y 2) del CPC abrg, ya que no se trató en ninguno de los supuestos enunciados, de simples errores materiales ni aclaraciones de conceptos oscuros y menos suplir omisiones.