SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

Fragmento 3

Reiniciada la sustanciación del proceso arbitral, luego de distintos cambios suscitados en el Tribunal Arbitral, el mismo quedó conformado por los ahora demandados, quienes emitieron el Laudo Arbitral de 27 de abril de 2009, cuyo Sindicato de Trabajadores, solicitó explicación y enmienda del mismo, resuelto mediante el “Laudo Complementario” de 13 de mayo de igual año el cual modificó sustancialmente el fondo del Laudo Arbitral, disponiendo el incremento del 5% al salario básico de los trabajadores sindicalizados, debiendo ser cancelado de forma retroactiva al 5 de enero de 2007, además que la consolidación del beneficio de energía eléctrica, sea igualmente con carácter retroactivo al 5 del mismo mes y año cuando en el Laudo Arbitral se dispuso que, tal retroactividad operaría sólo desde enero de 2008, conforme a los convenios suscritos entre la empresa y sus trabajadores, ampliando sin mayor explicación este concepto por un año adicional. Añadió que, en el referido Laudo Complementario, no obstante que el Árbitro Patronal habría sido de voto disidente únicamente en el punto       1), tal como se observa en su fundamentación que forma parte de la resolución impugnada, se evidencia una total contradicción entre los términos que indican el Presidente del Tribunal Arbitral y el Árbitro Laboral, y la afirmación del voto disidente del Árbitro Patronal, el cual lejos de disentir -como se dijo-, únicamente en cuanto al punto 1) de este fallo, expresó su disidencia total a la enmienda y complementación realizada.