SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2017-S3

Fecha: 28-Ago-2017

II.3.

II.3.  Mediante memorial presentado el 23 de julio de 2015, la ahora tercera interesada planteó incidente de nulidad de notificación con la Resolución 249/2015, señalando que se notificó a Sonia Escarlem Machicado Machicado, sin considerar que por Testimonio 861/2015 revocó el Poder Especial y Suficiente 141/2013 y en consecuencia la citada notificación le causa indefensión por no haberle notificado de forma personal y legal, vulnerando su derecho a la defensa, en virtud al art. 137 del CPCabrg que establece que la Resolución no puede notificarse en Secretaría ni a la ex apoderada legal, sino en el domicilio procesal señalado (fs. 782 a 786).