Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
II.1.
II.1. La Sentencia de 7 de noviembre de 2011, pronunciado por el entonces Juez Sexto de Partido Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz en suplencia legal de su similar Tercero, declaró probada la demanda interpuesta por Ana María Vespa de Aguilera contra Zerafina Serafín Galeana, ordenándose que prosiga el proceso hasta que se pague a la ejecutante la suma de $us30 000.- (fs. 14 a 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- acudir a la vía ordinaria para reclamar y hacer valer sus derechos
- CONFIRMAR en todo