SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2017-S3

Fecha: 08-Sep-2017

a esta vía

Sin considerar los antecedentes descritos, el ahora accionante acude ante esta jurisdicción pretendiendo que se desconozcan los mismos y que de manera contraria a lo establecido en los documentos señalados, se concluya que hubo un error en el mandamiento de desapoderamiento y que este solo comprendería al lote de terreno y no a las construcciones realizadas en este; y no solo eso, sino que además, sin respaldar de ninguna forma su supuesto derecho propietario, pretende que se considere o reconozca que su persona junto a su esposa tuviera algún tipo de titularidad sobre dichas construcciones, lo cual no es competencia de este Tribunal; si bien el accionante alega tener supuestos derechos sobre las construcciones realizadas sobre el lote de terreno que no es de su propiedad, lo cual no habría sido considerado por el Juez de la causa, vulnerando de esta forma sus derechos, correspondía que plantee su defensa, a partir de demostrar y consolidar tales supuestos derechos, habiendo actuado de manera incorrecta al acudir de manera directa ante este Tribunal presentando esta acción de amparo constitucional, pues conforme se expuso en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, a esta vía no le compete definir derechos que no estuvieren consolidados a su titular, ni mucho menos analizar hechos controvertidos.