Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
2)
2) La segunda declaración surge a petición de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, donde relata que todos los hechos denunciados en la primera son falsos y que lo hizo porque su padre se inmiscuía en su vida personal; así como también su hermano mayor. La Psicóloga de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia indica en sus conclusiones que existe duda razonable sobre la credibilidad de su testimonio por las contradicción manifiestas, dado que la adolescente es tímida, poco expresiva, evasiva y posee facilidad para crear escenarios imaginarios, y en el mismo relato se encuentra cómo está imaginó los hechos denunciados inicialmente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la Resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- 2)
- 3)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- III.2.1. Otras consideraciones
- CONFIRMAR