Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
3)
3) La menor señaló que nunca fue agredida por los imputados, situación que no fue valorada por el Ministerio Público al momento de requerir la medida cautelar de última ratio, puesto que ya existía antes de la elaboración de la imputación formal la ampliación de la declaración, también el Juez a quo convocó a la Psicóloga quien mencionó que no es creíble la declaración de la menor; toda vez que, no tiene características de una víctima de agresión sexual, por cuanto, debe declararse no ha lugar los agravios expuestos por el Ministerio Público.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la Resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- 2)
- 3)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- III.2.1. Otras consideraciones
- CONFIRMAR