Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0940/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 15/2017 de 1 de agosto, cursante de fs. 39 a 41 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la presente problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre los requisitos de procedencia de la tutela del derecho a la vida por medio de la acción de libertad
- es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- Fragmento 12
- III.3.1. Sobre la solicitud de dejar sin efecto la Resolución 308/2017
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico”
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3.2. Respecto al derecho a la vida, y la solicitud de ampliación a la detención domiciliaria
- Fragmento 18
- CONFIRMAR