Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0940/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.1.
II.1. Consta Informe ZGIM 001/2017 de 13 de julio de 2017, presentado por Ingrid Marcela Zambrana Grandy, Directora a.i. del Centro de Orientación Femenina Obrajes de La Paz, ante José Ayaviri Siles, Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz -hoy demandado-, que refiere que la interna Jeanette Bejarano Vargas -ahora accionante- no pudo ser habida en su domicilio (fs. 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre los requisitos de procedencia de la tutela del derecho a la vida por medio de la acción de libertad
- es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- Fragmento 12
- III.3.1. Sobre la solicitud de dejar sin efecto la Resolución 308/2017
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico”
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3.2. Respecto al derecho a la vida, y la solicitud de ampliación a la detención domiciliaria
- Fragmento 18
- CONFIRMAR