SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

en alzada

En este entendido, el Juez ordinario que actuó en calidad de Juez constitucional, debió enmarcar sus actos, y fundar su resolución en los agravios denunciados en la presente acción de amparo constitucional, respecto al objeto de la demanda que se traduce en la Resolución 078/2017, emitida por los ahora demandados y, en la causa de su interposición, es decir en la presunta errada interpretación de las normas aplicas y en la supuesta falta de valoración en alzada de los elementos de prueba que habrían sido aportados por el procesado; estudio que, conforme se expresó durante la fundamentación del presente fallo, estaba condicionada al cumplimiento de los requisitos exigidos por la doctrina de las auto restricciones.

Así las cosas, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, llama severamente la atención al Juez Público Civil y Comercial Vigésimo Noveno del departamento de La Paz, por haberse apartado de la naturaleza extraordinaria de la acción de amparo constitucional, las normas constitucionales y procesales que la regulan, así como de la jurisprudencia emitida por este Tribunal, conminándolo a que, en el futuro, proceda en el marco de las normas legales y doctrina constitucional, restringiendo su análisis y decisión a los hechos alegados en la demanda y la comprobación de las supuestas lesiones a derechos y garantías constitucionales que en ella se consignen por quien active la justicia constitucional.