Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
Fragmento 3
Finalmente refiere que, las Resoluciones Administrativas emitidas en recurso de revocatoria y jerárquico cuestionadas vulneraron su derecho a la promoción, habida cuenta que no se respetó el Convenio laboral de 1 de abril de 2013, el procedimiento de Selección de Personal de Planta aprobado por Resolución de Directorio 22/2004, ni la Matriz de Evaluación Curricular para Personal de Planta, documentos que no establecen una puntuación o calificación mínima como requisito para poder acceder a la siguiente fase.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- i)
- exponer los motivos que sustentan su decisión,
- cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- 1)
- 3)
- 4)
- REVOCAR en todo