SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2018-S1

Fecha: 01-Oct-2018

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Roger Martínez Rodas, por memorial cursante a fs. 84 se apersonó a la presente demanda tutelar, en audiencia a través de su abogado, refirió que la justicia constitucional tiene la obligación de verificar si las autoridades de la jurisdicción ordinaria, en su labor de interpretación no quebrantaron los principios de legalidad, seguridad jurídica, entre otros; el hecho generador de la presente acción de defensa resulta ser la errónea interpretación del art. 134 del CPP, por parte de las autoridades demandadas, por tal motivo comparte el fundamento del accionante de vulneración del debido proceso por falta de fundamentación y equivocada interpretación del referido articulado legal; además, al haberse referido que en los delitos relacionados con la Ley 1008 no procede la extinción por duración máxima de la etapa preparatoria, contradice lo establecido por la Constitución Política del Estado, vulnerando también de esta manera la presunción de inocencia; y, la resolución que se vaya a emitir en la presente audiencia le resultara perjudicial por ser coimputado dentro el caso penal en cuestión; puesto que, también interpondrá una acción de amparo constitucional.