SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2018-S4
Fecha: 30-Oct-2018
III.3. Análisis del caso concreto
En cuanto a los hechos expuestos en la audiencia de acción de libertad, no obstante que la autoridad jurisdiccional demandada acreditó que de manera anticipada a la interposición de la acción de libertad emitió la providencia de 5 de septiembre de 2018 (Conclusión II.4), que dejó sin efecto el decreto de 27 de agosto del mismo año (Conclusión II.3), el cual autorizaba la emisión del mandamiento de apremio contra Luis Fernando Villca Canaviri, por concepto de honorarios profesionales y costas procesales, este Tribunal considera adecuado activar la modalidad innovativa de la acción de libertad, por cuanto a pesar de que la amenaza de vulneración de la libertad cesó, el hecho mismo de dictar un apremio corporal contra una persona por concepto de deudas patrimoniales, constituye una causa grave de lesión de derechos que se consideraba superada en el nuevo orden constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la persecución indebida y acción de libertad innovativa
- III.2. Abolición del apremio corporal por obligaciones patrimoniales
- únicamente sobre el patrimonio del o de los sujetos responsables, sin que en ninguno de los siguientes casos sea procedente el apremio corporal del deudor
- Honorarios profesionales de abogado Arts. 77 y 80 del Decreto N° 16793 de 19 de julio de 1979.
- III.3. Análisis del caso concreto
- y además derechos en su dimensión objetiva, es decir, busca evitar la reiteración de conductas reñidas contra el orden público constitucional y los bienes constitucionales protegidos de tutela reforzada
- REVOCAR
- 2°